¿Quiere saber como tributa una donación? En Monpri Abogados le ayudamos a hacer la donación de manera transparente y sin complicaciones.
El Código Civil establece que la donación es un acto de liberalidad por el cual una persona dispone gratuitamente de una cosa en favor de otra, que la acepta. Esto significa que la donación implica la transferencia gratuita de la propiedad de un bien de una persona a otra, quien lo acepta sin necesidad de contraprestación.
Las donaciones se clasifican en dos tipos según lo que se done:
Donación de Bienes Inmuebles: Estos son bienes que no pueden ser trasladados de un lugar a otro. Para que la donación de bienes inmuebles sea válida, debe formalizarse en escritura pública.
Donación de dinero o de Bienes Muebles: Este tipo de donación puede realizarse de forma verbal, pero es más conveniente hacerlo por escrito. En el caso de una donación verbal, el bien mueble debe entregarse en el mismo acto para que la donación sea válida.
Quizás se esté preguntando cuál es la cantidad mínima requerida para que se considere una donación
El Código Civil español no establece una cantidad mínima para que una entrega se considere una donación. Por lo tanto, cualquier entrega de dinero o bienes puede ser considerada como una donación según la legislación española.
La persona receptora del dinero o bienes deberá declarar y liquidar el importe completo de la donación en el Impuesto de Sucesiones y Donaciones, abonando los impuestos correspondientes en un plazo máximo de un mes.
En Monpri Abogados nos encargamos de todos los trámites necesarios para que Usted pueda firmar su escritura de donación y liquidar los impuestos correspondientes, ya sea de bienes muebles, inmuebles o dinero, de forma fácil y eficiente.